Ley de asistencia a las víctimas
Como víctima de un delito penal, tiene derechos y reclamaciones específicos.
¿Qué es el apoyo a las víctimas?
¿Quién recibe asesoramiento y apoyo?
Todas las víctimas de violencia tienen derecho a asesoramiento y apoyo gratuitos y confidenciales tras un delito. Los familiares de las víctimas también tienen derecho a recibir asesoramiento.
¿Qué derechos tienen las víctimas?
- Asesoramiento y apoyo
- Información sobre derechos y reclamaciones
- Ayuda financiera si se cumplen determinadas condiciones
- En caso necesario, derivación a especialistas (médicos y terapeutas).
- la posibilidad de solicitar una indemnización o satisfacción (hasta cinco años después de la infracción)
Estos derechos se aplican con independencia de que la infracción sea denunciada o sancionada.
- Las víctimas de violencia doméstica o sexual también tienen derechos especiales en los procesos penales
Derecho a ayuda financiera
Puede reclamarse una indemnización por daños y perjuicios a la Oficina de Ayuda a las Víctimas. Esto es posible hasta 5 años después del delito si no se ha iniciado un proceso penal. O un año después de que finalice el proceso penal.
Le asesoramos y ayudamos en cuestiones relacionadas con la Ley de asistencia a las víctimas y, si es necesario, le ponemos en contacto con especialistas (abogados, terapeutas).
Derechos de las víctimas en los procesos penales
Derechos de información
- cuándo comienza o termina una investigación
- si se anula la prisión preventiva
- si se ordenan medidas de protección
Más información sobre el derecho a la información (Art. 92a CEC)
Derechos de propiedad
Las víctimas tienen derecho:
- llevar a una persona de confianza a la entrevista
- que la persona acusada no se encuentre en la misma habitación
- En caso de preguntas sobre temas íntimos relacionados con violencia sexual, podrá solicitar que la entrevista sea realizada por una persona del mismo sexo. También podrá negarse a declarar.
Derechos de participación
Las víctimas pueden reclamar daños civiles en un proceso penal. Estos son daños y perjuicios y compensación. Los daños y perjuicios son dinero por un daño causado. La compensación es una forma de reparación. Para ello, las víctimas deben declarar que desean participar en el proceso. Entonces se consideran demandantes privados.
Más información sobre los derechos de participación (artículo 222 del Código de Procedimiento Penal)