Procedimientos penales

La violencia es un delito penal. El derecho penal regula cómo se persigue un delito violento. Las consecuencias penales de un delito violento se determinan en un proceso penal.

El Derecho Penal se ocupa de delitos como la violencia sexualizada, la violencia doméstica, las amenazas o los insultos. Según la gravedad del delito, se denomina infracción, falta o delito. Las consecuencias pueden ir desde una multa hasta varios años de cárcel. 

Hay dos tipos de infracciones: las infracciones por denuncia y las infracciones oficiales.

En estos actos, la víctima decide por sí misma si desea presentar una denuncia penal. Ejemplo: lesiones leves, agresiones, insultos, abuso de instalaciones de telecomunicaciones.
Una excepción es en el caso de la violencia doméstica: la agresión simple y los malos tratos reiterados son delitos de oficio.

Importante:

  • la policía sólo puede investigar si la víctima firma una denuncia penal (la denuncia por sí sola no es suficiente)
  • Como máximo, 3 meses después del hecho, debe presentarse la denuncia penal.
  • La denuncia penal también se puede retirar nuevamente
  • Sin una denuncia penal, no pasará nada; el proceso se archivará.

La policía o la fiscalía deben actuar siempre que tengan conocimiento del delito. Se iniciará un proceso penal, independientemente de si la víctima desea presentar una denuncia o no. Ejemplos: lesiones graves, amenazas, coacción, violencia doméstica, agresión sexual, violación.

En ciertos delitos (por ejemplo, lesiones simples o maltrato repetido en un matrimonio o pareja), el procedimiento penal puede detenerse provisionalmente a petición de la víctima (art. 55a CP).

Este es el procedimiento:

  • La víctima presenta una solicitud de suspensión
  • La fiscalía investiga si una suspensión (sistación) mejora la seguridad y estabilidad de la víctima.
  • Se pueden imponer condiciones. Por ejemplo, se puede obligar a la persona acusada a asistir a un programa educativo.
  • La interrupción (suspensión) dura un máximo de 6 meses
  • Si la situación mejora, el procedimiento puede ser archivado definitivamente.
  • Si la situación no mejora, el procedimiento puede reanudarse en cualquier momento.

Así funcionan los procedimientos penales

La policía, la fiscalía o una agencia especializada suelen ser los primeros en enterarse del delito. Esto puede ser directamente por la víctima o por un tercero.

La policía recaba información, entrevista a los implicados y elabora un informe.

Las víctimas y otras personas afectadas a menudo participan como querellantes. Pueden solicitar acceso a los archivos y ejercer sus propios derechos. 

Al final, la fiscalía decide. Tiene las siguientes opciones:

  • Orden de sanción (similar a una sentencia)
  • Acusación ante el tribunal
  • Suspensión del procedimiento (por ejemplo, si las pruebas son insuficientes)
  • Si se presenta una acusación, se lleva a cabo un juicio y un juez o una jueza pronuncia una sentencia al final. Después, la decisión puede ser apelada ante un tribunal superior.

Estamos a su disposición

Le apoyamos durante todo el proceso: le explicamos los procedimientos, le asesoramos sobre las decisiones y, si es necesario, le ponemos en contacto con especialistas, por ejemplo, abogados.

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